Se puede entender que la intenci¢n de un int‚rprete al enunciar enunciados interpretativos es la de influenciar, dirigir, la decisi¢n interpretativa de otros int‚rpretes hacia el significado por ‚l adscrito al texto normativo, o dicho en otras palabras, estos enunciados interpretativos tienen la idoneidad de servir (a otros int‚rpretes, en especial a los jueces) como respuesta justificativa a la cuesti¢n pr ctica que consiste en qu‚ significado atribuir a un texto normativo. Presentaci¢n: distinguiendo el lenguaje jur¡dico 1. La distinci¢n matriz ser / deber ser: la distinci¢n lenguaje descriptivo/lenguaje prescriptivo 1.1. Enunciado interpretativo cognoscitivo/enunciado interpretativo decisorio 1.2. La teor¡a esc‚ptica de la interpretaci¢n jur¡dica 1.2.1. El derecho y la interpretaci¢n jur¡dica como hechos observables desde un punto de vista externo te¢rico-jur¡dico 1.2.2. Las normas jur¡dicas y el conjunto de normas jur¡dicas: productos de la interpretaci¢n 1.2.3. La existencia de las normas jur¡dicas como objeto de descripci¢n: la distinci¢n normas jur¡dicas/proposiciones normativas 1.2.4. La dis