PRINCIPIOS DE DERECHO CIVIL. TOMO III

PRINCIPIOS DE DERECHO CIVIL. TOMO III. CONTRATOS

Editorial:
MARCIAL PONS
Año de edición:
Materia
FINANZAS Y CONTABILIDAD
ISBN:
978-84-9123-531-6
Páginas:
408
Encuadernación:
Rústica
Disponibilidad:
Disponible en 5 días

36,00 €

El presente tomo de los Principios de Derecho civil del profesor Lasarte afronta la exposición de las diversas figuras contractuales características del Derecho civil que, como es sabido, han constituido el punto de partida de la disciplina de la contratación en otros sectores del Derecho. Previamente, desarrolla la llamada teoría general del contrato, quintaesencia de la problemática contractual, según la enseñanza clásica en la materia.
Esta vigésima edición, desde el punto de vista legislativo, atiende ante todo a la publicación de la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la LEC 1/2000, de 7 de enero, en relación con la ocupación ilegal de viviendas; la Ley 4/2018, de 11 de junio, que modifica el TRLCU y la Ley de Contrato de Seguro, con el fin de erradicar del ordenamiento jurídico aquellos aspectos que limiten la igualdad de oportunidades y promuevan la discriminación, por cualquier motivo, de aquellas personas que sean portadoras del VIH/SIDA, u otras condiciones de salud; y el análisis de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo. Asimismo la obra ha sido actualizada con la bibliografía de los dos últimos años y las resoluciones judiciales de mayor impacto e interés. Entre ellas: en primer lugar, la STC (Pleno) 1/2018, de 11 de enero, declarando que el artículo 76.e) de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, es inconstitucional y nulo. De las dictadas por el Tribunal Supremo, la STS 172/2018, de 23 de marzo, que ratifica y consolida la jurisprudencia sentada previamente por la STS 491/2017 (Pleno), de 13 de septiembre, relativa al incumplimiento de los deberes de información que competen a la entidad de servicios de inversión. De otro lado, conforme a la STS 539/2017, de 3 de octubre, en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda, el desistimiento unilateral no precisa de tutela específica, estando subordinado a los pactos existentes entre las partes, de acuerdo con el principio de autonomía privada consagrado en el artículo 1255 CC.

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