Si bien las personas con discapacidad, no tienen derechos distintos a los demás seres humanos, que pudieran considerarse privativos y específicos, es una evidencia mundial que no pueden acceder a ellos y ejercerlos como el resto. La discapacidad excluye y reduce, a veces sustancialmente, el acceso a los derechos fundamentales y a las libertades públicas. Para atajar ese estado de cosas, la comunidad internacional a través de la Organización de Naciones Unidas se dotó en 2006 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, instrumento jurídico vinculante que no crea nuevos derechos pero que proporciona mecanismos para que los existentes y comunes a toda la familia humana alcancen verdaderamente a las personas con discapacidad. España ha hecho suya esta Convención, en virtud de la cual ha asumido compromisos de Derecho internacional mediante los que se obliga a establecer un marco de respeto y garantías para hacer efectivos los derechos, la inclusión y el bienestar de los hombres y mujeres con discapacidad que residen en nuestro país. Este informe, confeccionado por el Comit