DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Artículo 19:
?Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho
incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión?.
Artículo 20:
?Se reconocen y protegen los derechos: A expresar y difundir libremente los pensamientos,
ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio
de reproducción. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica?.