La publicación desarrolla el programa de formación para la obtención del título de Patrón de Embarcación de Recreo, según la Orden FOM 3200/2007, de 26 de Octubre
La publicación desarrolla el programa de formación para la obtención del titulo de Patrón Portuario, según la Orden FOM 2296/2002, de 4 de Septiembre, con las siguientes asignaturas:
Navegación.
Meteorología.
Reglamento y Balizamiento.
Estanqueidad y Estabilidad.
Emergencias
Seguridad pasajeros situaciones de emergencia.
Maniobra.
Legislación.
Contaminación.
Ingles.
Máquinas.
Atribuciones del titulo de patrón portuario:
Ejercer como patrón de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones que no se alejen más de tres millas de un puerto o de una zona de refugio y que, en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros.
Podrá ejercer simultáneamente el mando de la embarcación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo permita las características de la embarcación y la potencia propulsora no rebase los 375 kw en un solo motor o el doble de la citada potencia propulsora en dos o más motores.